• Que necesito para hacer una Declaración Jurada, Carta poder, Autorización para trabajar?

Presentarse a una Notaría con la Cédula de identidad al día y ser mayor de 18 años.

  • Certificado de Estado Civil.

Se necesitan 2 testigos mayores de 18 años, que no sean familiares para otorgar este certificado, quienes acreditan el estado civil del interesado, quien no necesita comparecer.-

  • Para realizar una Autorización de Viaje.

Presentarse padre y madre con su cédula de identidad al día y certificado de nacimiento del menor, cuando los menores salgan con una persona distinta a ellos. En caso de que el menor salga fuera del país con la madre, es el padre quien otorga la autorización con los requisitos indicados en el párrafo anterior, y si el menor sale con el padre, es la madre la que otorga la autorización con los requisitos indicados en este punto.

  • Autorización de domicilio comercial y tributario.

Debe presentarse con la cédula de identidad al día, y ser mayor de 18 años. Si el dueño de la propiedad fuere una persona jurídica, el representante deberá además traer el Rut de la Empresa y la escritura por la cual consta su personería para representarla, con vigencia.

  • De la Transferencia de Vehículos.

Certificado de Anotaciones Vigentes del Vehículo, con no más de 10 días de antigüedad. Último Permiso de Circulación. Si el vendedor o el comprador, son personas jurídicas, deben además traer el Rut de la Empresa y la escritura por la cual consta su personería para representarla, con vigencia.

  • Acerca del contrato de arrendamiento.

Ambas partes deben presentarse con su cédula de identidad al día, y ser mayores de 18 años. En caso de que el arrendador y el arrendatario, sean personas jurídicas deben presentar el Rut., y copia de la escritura por la cual consta su personería.

  • Enajenación de Bien Raíz.

Es necesario contar con los siguientes documentos. Copia de la escritura que originó el título de dominio. Certificado de Dominio Vigente otorgado por el Conservador de Bienes Raíces que corresponda. Certificado de Hipotecas y Gravámenes de 30 ó 50 años, según corresponda, otorgado por el mismo Conservador de Bienes Raíces. Certificado de Tesorería que acredite que la propiedad no tiene deudas de contribuciones. Certificado de no expropiación otorgado por el Serviú y otro por la Municipalidad que corresponda al domicilio de la propiedad que se vende. Con todos los antecedentes descritos anteriormente, se debe solicitar la asesoría de un abogado para que en base a dichos documentos estudie los títulos de la propiedad y confeccione un borrador de la escritura de compraventa. Con ese borrador la Notaría confecciona la escritura pública respectiva, de la cual, una vez firmada por las partes, se otorgan copias para inscribir en el Conservador de Bienes Raíces respecto a la transferencia. Se aconseja minuta redactada por un Abogado.

  • Protesto de Letras.

Quien realice el pago debe tener en su poder la notificación del banco o de la notaría, o el número de cédula de identidad del aceptante. Al momento del pago la persona debe cancelar los gastos y derechos de la notaría en dinero efectivo. Estos cobros varían en relación al monto de la letra protestada.

in notaria
on 20 Noviembre 2014
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